En el Africa negra, las transformaciones actuales de las estructuras sociales y el déficit de instrumentos culturales de simbolización y de integración producen “ despojos ” familiares condenados a vagabundear por las calles de los grandes centros urbanos. Estos niños de la calle ocupan el lugar de lo que debe estar fuera de los límites del grupo de pertenencia para que éste pueda funcionar como comunidad, de lo que debe ser expulsado al exterior para que pueda construirse una estructura interior. Como si el espacio de la exclusión y del hecho de transgredir se desplegara dentro del espacio habitado, pero en sus lugares de paso o, al menos en lo que deberían de ser sólo lugares de paso y de intercambio.
Archives par mot-clé : Delincuencia juvenil
caroline gimenez, catherine blatier, martine paulicand, ondine pez : delincuencia de muchachas
En criminilogía, la delincuencia y la criminalidad son descritas como actividades esencialmente masculinas ; es el constato que resulta de numerosos estudios. De otro lado, la mayoridad de investigaciones que han tratado de aprehender el fenómeno delincuente se han basado sobre muestras de jóvenes o adultos masculinos. De hecho, pocos datos son disponibles sobre la delincuencia de las jóvenes. Nuestro estudio propone un estado de sitio de la actividad delictiva de una muestra mixta de 241 menores, 168 muchachos y 73 muchachas que viven en las aglomeraciones de Gap y Grenoble.
michel botbol, luc-henry choquet : educar y transmitir cambio y continuidad de la transmisión en el contexto de la justicia de menores
El defecto de transmisión de valores y particularmente aquellas que están vinculadas a la noción de autoridad, es a menudo evocado como un factor determinante de la delincuencia de menores, es sobre esta base que los gobiernos sucesivos han tomado iniciativas desde el ano 1998. Dichas iniciativas tratan de dar mas espacio a los imperativos y sanciones en el tratamiento judiciario de menores delincuentes. Esta posición viene a contrariar las representaciones de los profesionales de la justicia de menores, que ven en esta evolución una desaprobación radical de los valores que les han sido transmitidos. A partir de la lectura que hacen de la ordenanza nº 45-174 del dos de febrero sobre la infancia delincuente. Ellos consideran que se trata de una ruptura radical en la misión de esta justicia especializada y que esas nuevas orientaciones harían pasar de un modelo de protección a un modelo represivo obligando así a adherir a los valores contrarios sobre los cuales habían fundado sus bases profesionales.
Este artículo reconsidera esta presentación de la cuestión y busca a poner de relieve lo que hace transmisión y continuidad en el seno de ese movimiento. Para ello el procede a una relectura de la ordenanza y de la exposición de los motivos y examina el asunto interrogando los modelos psicológicos y psiquiátricos sobre los cuales se apoyan los partidarios de la ruptura. Esta relectura, hace aparecer que es la evolución de las representaciones de la ordenanza y no la ordenanza misma que ha conducido a un impase sobre la dimensión represiva y complicada que ella contiene. También hace aparecer que es a partir de una representación muy limitada de lo terapéutico esencialmente de aquella de una clínica limitada al modelo de la psicoterapia individual) que se ha forjado la convicción clásica que la justicia de menores sufre de una influencia excesiva de la clínica que se opondría al primado del « imperativo educativo » Es entonces el modelo educativo de ayuda forzada ha sido promovida por la ordenanza del 45 contrariamente alo que ha podido dejar pensar la lectura clásica que ha sido hecha.
Refiriéndose a la dinámica de los adolescentes difíciles, los autores consideran que el modelo educativo que hace la asociación entre ayuda y sumisión es el que esta mas apto a tomar en cuenta las necesidades educativas y terapéuticas de esos jóvenes. Cuando se interrogando la ruptura que algunos ponen de relieve defienden la idea del hecho que es importante de basar la transmisión de valores educativos de la justicia de los menores sobre la transmisión de ese modelo que en dichas condiciones no exige la re-interrogación de la validez de la tradición clínica valorizada de momento que ella se ve conducida a adaptar su modelo y sus practicas a las particularidades psicopatológicas de los adolescentes seguidos en dicho contexto.
Adolescence, 2009, T. 27, n°2, pp. 355-374.